El cese es improcedente si la carta de despido es “inconcreta”, según el Supremo
En la carta de despido no se concretaron las circunstancias ni los momentos en los que se cometieron las supuestas infracciones
(Foto: E&J)
El cese es improcedente si la carta de despido es “inconcreta”, según el Supremo
En la carta de despido no se concretaron las circunstancias ni los momentos en los que se cometieron las supuestas infracciones
(Foto: E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la firmeza de la sentencia que tildó de improcedente un despido al carecer la comunicación escrita de la concreción necesaria en cuanto a las fechas en las que se cometieron los incumplimientos por la trabajadora.
El auto, de 5 de julio de 2022, evidencia que la carta de despido litigiosa contiene imputaciones genéricas referidas a la actitud de la mujer despedida.
El caso
Disconforme con la decisión de despido disciplinario llevado a cabo por la empresa, la trabajadora se plantó en sede judicial alegando, entre otros motivos, que el contenido de la carta de despido no reunía los requisitos formales exigidos por el art. 55.1 del Estatuto de los Trabajadores.
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